En esta entrada voy a incluir la explicación del colectivo
que expusieron en clase Marta Chamorro, Julia Aliaño y Lucía Rodríguez. Antes
de nada decir que me encanto su exposición, las tres son unas niñas muy capaces
y, unido a la cercanía de Marta al colectivo y al centro residencial con el que
colabora, me parece que han conseguido elaborar un trabajo bastante
interesante.
El centro residencial cordobés Beatriz Enríquez, es un
centro público, de la Junta de Andalucía, que acoge a menores de entre 0 y 6
años. La normativa que regula a este tipo de centros está recogida en la Ley
1/1998 de Abril de los derechos y atención al menor de la Junta de Andalucía.
En ella se recogen qué es el concepto de protección de menores, y las pautas
para un buen diagnóstico de una situación de desamparo de un menor o de
situación crítica familiar. Por otra parte, centrada en el acogimiento
residencial de menores se encuentra Decreto
355/2003 , de 16 de diciembre de Acogimiento Residencial de Menores los
Centros de Protección los procedimientos a seguir, en ella se define el
concepto de acogimiento residencial, sus funciones, el perfil de los menores,
los tipos de acogimiento, etc.
Los Centros de Protección, constituyen espacios donde se
atiende a menores, promoviendo el desarrollo integral de las diversas
dimensiones como personas, combinando la calidad técnica y la calidez humana.
Es por tanto, un entorno de convivencia y formacíon en el que se garantiza, por
un lado, unos recursos profesionales y materiales suficientes y adecuados; por
otro, una calidez que posibilite relaciones afectivas inspiradas en los estilos
y características de una familia normalizada.
El acogimiento en centro residencial conlleva, en la mayoría
de las ocasiones, una intervención paralela en el medio socio-familiar de cada
menor, trabajando con su familia de origen al objeto de prestar el apoyo
necesario, para que supere la situación que motivó la adopción de la medida y
puedan retornar a su medio familiar.
El acogimiento residencial constituye una alternativa
válida, que se utilizará cuando resulte más beneficiosa para la persona menor
de edad por sus condiciones personales. Es una de las vías para el desarrollo
de la medida de tutela o guarda, junto con las distintas fórmulas de
acogimiento familiar, al mismo tiempo que desarrolla una labor de complemento
de las mismas.
Aunque resulta difícil establecer unas características
comunes (o por lo menos a mí siempre me lo resulta cuándo, al fin y al cabo,
estamos hablando de personas con una identidad propia y por lo tanto de
numerosas características individuales) sí es cierto que como colectivo suelen
presentar una serie de características, que varían según la persona, pero que
aparecen con frecuencia. Normalmente, presentan déficit en el desarrollo
físico, carencias nutricionales y enfermedades crónicas derivadas de un mal
cuidado (porque no tiene que ser maltrato). También suelen tener trastornos
emocionales y relacionales, así como una baja autoestima y problemas con el
rendimiento académico. Por otra parte, las situaciones sociofamiliares suelen
ser multiproblemáticas, de ahí la dificultad de la intervención.
Dentro de las problemáticas más comunes podemos destacar las
siguientes:
-
Inestabilidad familiar
-
Abandono escolar y trabajo prematuro
-
Escaso afecto por la familia
-
Falta de recursos económicos
-
Predominio impulsivo o hiperactivo por parte de los niños
-
Falta de iniciativa a la hora de realizar aspectos básicos
Es importante señalar que hay situaciones en las que incluso
se dan todas las problemáticas mencionadas. Por ello, la intervención que se
realiza pretende dar respuesta a la situación en general, sin centrarse sólo en
el aspecto económico como se tiende a pensar, y fomentando mucho la creación o
reparación de los vínculos afectivos rotos o deteriorados.
La intervención educativa tiene unas líneas muy concretas.
Sus principios básicos son la normalización,
individualización, el fomento de la creatividad infantil, la
personalización de las problemáticas y la atención integral. Para ello llevan a
cabo en los centros una metodología centrada en la acción tutorial, es decir,
alguien que se encarga de estar pendiente de una serie de niños en concreto
para que el seguimiento sea más cercano y los niños lo sientan así. Por otra
parte se basan en la pedagogía de la vida cotidiana y del afecto, es decir, crean
ambientes normalizados de lo que debe ser una vida familiar, del tipo que sea,
centrándose mucho en los procesos de higiene corporal y de responsabilidad (en función
de la edad) y educándolos en la afectividad, que es algo que suelen desconocer.
Las conclusiones que recogieron las compañeras son tres, y
me ha parecido bien ponerlas tal y como ellas las enunciaron porque coinciden
con mi opinión personal. Son las siguientes:
- Concienciar a los padres de la
responsabilidad que conlleva traer hijos
al mundo.
- Los trabajadores y educadores sociales, deben volcarse con ellos, en la confianza, en la cooperación
y en tratarlos con mucho afecto y cariño.
- Concienciar a los padres de cómo actuar y de que sean participes del proceso al que están siendo sometidos sus hijos.
Por
último quiero añadir que también resulta fundamental que, aunque sea necesario
seguir unas pautas establecidas por ley comunes a todos los casos, la individualización
de cada caso resulta fundamental y es la clave para conseguir el éxito en una
intervención como ésta.
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